El tribunal descartó que la Ley provincial 9393, viole el derecho de propiedad y entendió que el Estado provincial tiene el poder de policía "para resguardar a los consumidores locales, la prevención del medio ambiente, la producción provincial a pequeña escala y del comercio minorista". Además indicó que no se probó que el aumento en la alícuota de ingresos brutos resultara un perjuicio, según la información a la que accedió Elonce TV.
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